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SERVICIOS 1. Si usted lo considera necesario, nosotros acudimos a su empresa para capacitar o actualizar, al personal que sea designado, para el óptimo funcionamiento de su programa Pitex, Maquiladora de Exportación o Empresa de Comercio Exterior. Sobre cada uno de los programas o bien sobre temas específicos tales como: Constancias de exportación, informes, mermas y desperdicios, importaciones y exportaciones directas o indirectas y fundamentos en Ley y Reglamento de la Ley Aduanera, Reglas de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para el año de 2000 y Ley del Impuesto al Valor Agregado (Ley del IVA). 2. A partir del 1° de noviembre del año 2000, las empresas que cuenten con programa Pitex que importen temporalmente materias primas, partes y componentes, materiales auxiliares, envases y empaques, combustibles, lubricantes, no originarios de países con los cuales México no tiene Tratados o Acuerdos Comerciales, deberán pagar el impuesto importación correspondiente a terceros países. Conforme a lo anterior y con el objeto de que su empresa pueda seguir realizando sus operaciones en condiciones competitivas a nivel internacional, estamos a sus ordenes para tramitar ante las autoridades correspondientes, aranceles preferenciales de importación (0% máximo 5%) para los bienes que su empresa requiere importar temporalmente. Es importante mencionar que dicha promoción deberá realizarse a más tardar en el mes de marzo del 2000. 3. Aclaramos de inmediato sus dudas acerca de operaciones de importación temporal realizadas por su empresa o bien de las mercancías 100% nacional adquiridas por su empresa mediante constancia de exportación. Le asesoramos para que las mismas se ajusten a lo establecido en la Ley Aduanera y su Reglamento, Reglas de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior, Ley del IVA y del Código Fiscal de la Federación evitándose problemas con el fisco en un futuro. 4. Desconoce o tiene duda sí ha efectuado la exportación (retorno) de todas y cada una de sus importaciones temporales realizadas al amparo de los Programas (Pitex.), Maquiladora de Exportación y Empresas de Comercio Exterior, incluidas las de proveedores nacionales por las que extendió constancia de exportación. Nosotros le realizamos la auditoria o compulsa de conformidad con lo establecido en el anexo 24 de Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para 1998, vigente hasta el 31 de marzo de 1999. 5. Hacemos de su conocimiento conforme a lo establecido en la Regla No. 3.19.9 de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para 1999, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de marzo de 1999, a partir del 1° de abril es exigible que las empresas con Programas Pitex o de Maquila, autorizados por Secofi, cuenten con un sistema informático de control de inventarios, registrado en contabilidad que cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo 24 de la Resolución antes citada. 6. Le manifestamos que conforme a lo establecido en el Artículo 78, Fracción I, inciso a) de la Ley Aduanera, su empresa esta obligada a contar con la documentación que ampare el total las operaciones de comercio exterior, realizadas por la misma. Conforme a lo anterior nos ponemos a sus apreciables ordenes para que conforme a los registros de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su empresa conozca todas y cada una de las operaciones realizadas (pedimentos de importación y exportación). 7. Conforme a los datos de importación y exportación de la S.H.C.P., le preparamos su reporte anual de operaciones de comercio exterior que debe presentar a la Secofi (a más tardar el 31 de abril del 2000) y a la S.H.C.P. (31 de mayo del 2000). 8. Si su empresa importa productos sujetos a aviso automático de importación (API), nosotros le tramitamos la solicitud correspondiente ante Secofi. 9. Si requiere estar inscrito en el Padrón de Importadores o en algún Padrón Sectorial Especifico, de la S.H.C.P., nosotros le tramitamos su incorporación en los mismos. 10. Le preparamos y presentamos los reportes exigidos por las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial y Hacienda y Crédito Público. 11. Ofrecemos a su empresa lo que denominamos servicio integral, encaminado no solo a la tramitología o asesoría verbal o escrita; ya que además incluye visitas a su empresa, las veces que lo requiera, el costo de fotocopia, servicio de mensajería, fax y capacitación a su personal sobre comercio exterior, todos los servicios se incluyen dentro del costo de su suscripción. 12. Su empresa importa materias primas, partes y componentes o maquinaria y equipo que no se fabriquen en el país, nosotros le promovemos ante las autoridades correspondientes para que usted importe libre del pago de impuestos de importación sin, tener que comprometer a su empresa a exportar, publicándose en el Diario Oficial de la Federación la resolución correspondiente. 13. Si su empresa fabrica un producto que se encuentra exento del pago del impuesto de importación, nosotros le registramos en un programa para que sus materias primas las importe, sin el pago de los impuestos de importación. 14. Si lo requiere obtenemos para el bien que fabrica su empresa, se sujete a precio estimado por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 15. Desea conocer los procedimientos que deberá llenar su empresa para dar cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas NOM-050SCFI-1994 etiquetado de mercancías para el conocimiento del usuario NOM-051-SCFI-1994 (etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados) nosotros se lo informamos. 16. Si su empresa importó en forma definitiva cubriendo los impuestos de importación de materias primas para producir artículos de exportación, nosotros le promovemos la devolución de los impuestos pagados. 17. Si desea conocer si su(s) producto(s) de exportación califica(n) para ser acreedores a una tasa preferencial con Canadá o U.S.A. (T.L.C.A.N.), con el Grupo de los Tres(Colombia, Venezuela,), con Costa Rica, Nicaragua, Bolivia, Chile u otros países de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), nosotros le informamos. 18. Si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le finca crédito fiscal o le requiere comprobación de operaciones de comercio exterior realizadas por su empresa, nosotros lo asesoramos y en su caso lo representamos ante la S.H.C.P. 19. Desea conocer que productos no pagan impuestos de importación si los mismos son originarios de países con los cuales México celebro Acuerdos o Tratados Comerciales nosotros se lo informamos. 20. Desea conocer los impuestos de importación que pagan sus productos en el Continente Americano, nosotros se lo informamos. 21. Si su empresa esta siendo afectada por la competencia desleal de productos de origen extranjero, nosotros le informamos los pasos a seguir para proteger a su industria. 22. Asimismo nos comprometemos a contestar de inmediato cualquier pregunta en materia de comercio exterior (plazo máximo de respuesta 24 horas). SUBSCRIPCION TODOS LOS SERVICIOS, MENSIONADOS ANTERIORMENTE, LOS PONEMOS A SU DISPOSICION POR UNA CUOTA TRIMESTRAL, EQUIVALENTE A $ 2500.00 ( DOS MIL QUINIENTOS PESOS M.N.)
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